Lunes 26 de Diciembre:- Entre el 19 al 26 de Diciembre se realizó en el TOP de Melipilla el Juicio Oral por el fallecimiento de Gonzalo Díaz producido el 1 de Mayo del año 2021 producto de un siniestro vial generado por un conductor que conducía en estado de ebriedad (prueba respiratoria intoxilyzer Nº 1193 arrojando 2,14 Gr/Lt), a exceso de velocidad y que no prestó ayuda a la víctima, no dio aviso a carabineros y se fugó del lugar del choque.
La defensa del imputado Francisco Ramírez, argumentó que la causa basal del accidente (según Informe del SIAT), fue la maniobra “imprudente” de Gonzalo al quedar atravesado en la vía sin verificar que venía el conductor que lo impacta directamente, con posterioridad. Además sostuvieron que el retiro del lugar por parte del conductor en estado de ebriedad fue producto del temor de ser golpeado por testigos que presenciaron el choque y que concurrieron a ayudar a la víctima.
Tanto el fiscal del caso como el abogado querellante por parte de la familia de Gonzalo, sostuvieron con una serie de peritajes, testigos e informes técnicos de vialidad del Ministerio de Transporte y el Municipio de María Pinto, que la vía donde ocurrió el hecho tenía una velocidad máxima de 30 Km/h, además de que la víctima no fue amenazada por las personas que estaban en el lugar y que la causa basal fue «el notable estado de ebriedad del imputado quien se presentó a carabineros horas después del siniestro, marcando la alcoholemia (4 horas después del choque) el triple de lo establecido por la ley, condición que hacía imposible que el imputado pudiera estar atento a las condiciones del tránsito y reaccionar oportunamente para evitar este siniestro con resultados fatales.
Los jueces, por unanimidad declararon al imputado culpable del delito de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte (art. 196 ter.) y darse a la fuga (art. 195).
Como Fundación Emilia estuvimos presentes, como público en la sala, durante todas las jornadas del Juicio Oral.