Viña del Mar, 20 de Julio 2017
Honorables Legisladores
Considerando la última Sentencia dictada por el Tribunal Constitucional (18/07/017) en el caso de Valentina Palma y que dejó sin efecto el año de cárcel efectiva por el artículo 196 ter. de la Ley 20.770, me dirijo a Uds. para señalar que en este caso el Juicio Oral ni siquiera comienza y ya rebajan el rango mínimo de la posible sentencia.
Cabe recordar que según la carta Iberoamericana de Derechos de las Víctimas, suscrita por nuestro país el año 2012 «la dignidad y respeto de la víctima, igual que la de la persona acusada, debe respetarse y hacerse efectiva», las víctimas tienen un interés legítimo en que se haga justicia y derecho a la posibilidad real de reparación del daño.
Este principio no se cumple si generamos ciudadanos de primera y segunda clase, que para conseguir la aplicación efectiva de una norma, deben enfrentar además de los Tribunales, las Cortes de Apelaciones y la Corte Suprema también al Tribunal Constitucional.
La Ley 20.770 es una ley ciudadana aprobada por ustedes por amplia mayoría en el Congreso, apoyada por el Ejecutivo y que luego dio pie a repetir su fórmula en otras normas como la Agenda Corta Antidelincuencia y la Ley de Colusión, entre otras.
El contenido de una demanda ciudadana bajo el concepto de «Justicia Justa» que busque esclarecer la verdad de los hechos y castigue a los responsables, siendo la figura del castigo la pena de prisión efectiva por 1 año, pone en discusión lo que se entiende por justicia como bien común, que se puede traducir como rechazo a la impunidad.
El reclamo colectivo por justicia es una exigencia garantizada dentro de los Derechos Esenciales a la Salud y abre el debate sobre la legitimidad de un sistema penal que ya no responde a las exigencias ciudadanas. No por construir un sistema penal simple o limpio, como lo indica el fallo del Tribunal Constitucional, se debe pasar sobre el interes del bien común o sobre el sentido de valoración que se tiene sobre el delito por parte de la sociedad.
En este contexto, solicitamos a ustedes, como representantes ciudadanos elegidos democráticamente, que tengan a bien representar en su ámbito de acción esta demanda ciudadana por un sistema penal ciudadano que defienda a los “sin voz”. La Justicia, como la Educación y la Salud, también conforman una política pública prioritaria de un Estado que hace alarde de un principio de modernidad, confiamos en que sea de su interés dar cuenta y responder a esta problemática que no solo implica la norma conocida como Ley Emilia, sino que problematiza la acción de todo un sistema penal que se encuentra en deuda con las víctimas.
Es tarea de ustedes como legisladores velar por el cumplimiento fiel de aquello que legislan como norma, si el Tribunal Constitucional va decidir sobre toda las materias que se discuten en el Congreso, luego de procesos intensos y desgastantes de discusión, entonces no tiene sentido la existencia de un Senado ni de la Cámara de Diputados. Su silencio avala la figura de una Tercera Cámara, olvidando que es labor de ustedes defender los derechos de aquellos que representan.
Atentamente,
Carolina Figueroa Cerna
Presidenta
Fundación Emilia Silva Figueroa